Huanta: construcción de hospital presenta, debido a falencias en el expediente técnico primigenio, 14 ampliaciones presupuestales, incremento del costo de la inversión y retrasos


El objetivo de esta fiscalización, ejecutada por el presidente del Consejo Regional de Ayacucho, Crsitian Navarrete, y la consejera Luz Amanda Valdez, fue determinar el grado de cumplimiento de las metas, con relación al avance físico y financiero de la obra mejoramiento y ampliación de los servicios de salud del hospital de apoyo de Huanta Daniel Alcides Carrión. Además, se identificaron situaciones adversas, comunicadas por la ciudadanía.


Empecemos con la lista de equipamiento y hoja de presupuesto del expediente técnico: durante la inspección se comprobó que no se consideró la adquisición de tomógrafo y ambulancias para el transporte terrestre de pacientes. Al dialogar con los directivos del nosocomio y la Unidad Ejecutora Red de Salud Ayacucho Norte indicaron que la instalación de un tomógrafo implica una serie de condiciones técnicas y estructurales que no fueron previstas ni contempladas en el proyecto original.

Del mismo modo, se advierte que en el expediente técnico solo está considerada una camioneta rural de doble cabina que permita el traslado seguro de personas y cargas, mas no una ambulancia. Sin embargo, al revisar los planos del expediente se visualizan 2 ambulancias de los tipos I y II.


En el informe se recalca que las presuntas deficiencias del expediente técnico primigenio —elaborado por la empresa Sánchez Horneros Gómez Antonio, bajo la supervisión de Raúl Robles Pretel— originaron 14 adicionales, cuyo costo acumulado supera el límite del 15 %, y requiere la autorización previa de la Contraloría General de la República. A continuación, el detalle de los adicionales:

— Adicional n.° 1: aprobado por resolución n.° 173-2021-GRA/GGR de 27/5/2021, el monto ascendió a 2 926 996 85 soles, el deductivo vinculante n.° 1 fue de 160 994 38 soles, la diferencia fue de 2 776 002 47 soles.

— Adicional n.° 2: aprobado por resolución n.° 239-2022-GRA/GGR de 17/5/2022 con un monto de 132 243 13 soles.

— Adicional n.° 3: aprobado por resolución n.° 361-2022-GRA/GGR de 4/7/2022, el monto ascendió a 1 019 944 53 soles, el deductivo vinculante n.° 3 fue de 664 179 60 soles, la diferencia fue de 355 764 93 soles.

— Adicional n.° 4: aprobado por resolución n.° 458-2022-GRA/GGR de 25/8/2022, el monto ascendió a 3 391 495 69 soles, el deductivo vinculante n.° 4 fue de 2 976 655 02 soles, la diferencia fue de 414 840 47 soles. 

— Adicional n.° 5: aprobado por resolución n.° 697-2022-GRA/GGR de 22/12/2022, el monto ascendió a 1 821 096 88 soles.

— Adicional n.° 6: aprobado por resolución n.° 240-2023-GRA/GGR de 27/4/2023, el monto ascendió a 6 416 162 94 soles, el deductivo vinculante n.° 4 fue de 4 701 463 58 soles, la diferencia fue de 1 714 699 36 soles.

— Adicional n.° 7: aprobado por resolución n.° 374-2023-GRA/GGR de 16/6/2023, el monto ascendió a 2 553 239 61 soles, el deductivo vinculante n.° 5 fue de 1´596,060.01, la diferencia fue de 957 179 60 soles.

— Adicional n.° 8: aprobado por resolución n.° 527-2023-GRA/GGR de 11/8/2023, el monto ascendió a 11 528 758 17 soles, el deductivo vinculante n.° 6 fue de 9 758 686 09 soles, la diferencia fue de 1 730 072 08 soles.

— Adicional n.° 9: aprobado por resolución n.° 818-2023-GRA/GGR de 13/11/2023, el monto ascendió a 1 377 785 63 soles, el deductivo vinculante n.° 7 fue de 699 271 85 soles, la diferencia fue de 678 513 78 soles. 

— Adicional n.° 10: aprobado por resolución n.° 037-2024-GRA/GGR de 30/1/2024, el monto ascendió a 192 486 92 soles, el deductivo vinculante n.° 8 fue de 64 562 67 soles, la diferencia fue de 127 924 25 soles.

— Adicional n.° 11: aprobado por resolución n.° 591-2024-GRA/GGR de 17/11/2024, el monto ascendió a 4 623 197 19 soles, el deductivo vinculante n.° 9 fue de 431 496 90 soles, la diferencia fue de 4 191 700 09 soles.

— Adicional n.° 12: aprobado por resolución n.° 603-2024-GRA/GGR de 13/9/2024, el monto ascendió a 2 366 682 76 soles, el deductivo vinculante n.° 10 fue de 217 974 57 soles, la diferencia fue de 2 148 708 19 soles.

— Adicional n.° 13: aprobado por resolución n.° 666-2024-GRA/GGR de 1/10/2024, el monto ascendió a 60 239 04 soles, el deductivo vinculante n.° 11 fue de 41 540 44 soles, la diferencia fue de 18 698 60 soles.

— Adicional n.° 14: aprobado por resolución n.° 130-2025-GRA/GGR de 5/3/2025, el monto ascendió a 4 048 806 65 soles, el deductivo vinculante n.° 12 fue de 1 796 995 39 soles, la diferencia fue de 2 251 811 26 soles.   

A ello se suma que en el mes de julio se habilitó un adicional de 700 000 00 soles, acumulado en el PIM 2025, equivalente a 23 916 828.00 soles, para realizar diversos pagos del año 2024 y valorizaciones de febrero a abril 2025. El saldo ascendió a 164 315 58 soles, lo cual es insuficiente para el pago de la valorización de julio.


Las conclusiones del informe, aprobado por el Pleno del Consejo Regional de Ayacucho, son claras: el Ejecutivo debe garantizar la partida presupuestal que permita culminar las labores en el establecimiento. Por otro lado, se le recomienda remitir la información recopilada al Órgano de Control Institucional del Gobierno Regional de Ayacucho, para que amplíe las investigaciones sobre las deficiencias del expediente técnico primigenio.

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