EVIDENCIAN SITUACIONES ADVERSAS EN EL
DESARROLLO DE LA OBRA DE TRANSITABILIDAD SAN MIGUEL – YANASRACCAY HASTA
ERAPAMPA – CENTRO UNIÓN EN LA PROVINCIA DE HUANTA
#FunciónFiscalizadora
El Pleno del Consejo Regional aprobó por
unanimidad el Informe de Fiscalización selectiva a la obra “Mejoramiento del
servicio de transitabilidad del camino vecinal tramo San Miguel – Yanasraccay y
tramo Erapampa – Centro Unión, provincia de Huanta”, ejercicio fiscalizador
realizado por el consejero regional Julio Ernesto Valdez Cárdenas, en el que se
evaluó y determinó el grado de cumplimiento de los objetivos y metas del
proyecto con relación al avance físico y financiero.
El expediente técnico de actualización
presupuestal, fue aprobado por Resolución Gerencial N° 022-2023-MTC/21.GE el
16/05/2023, a cargo del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte
Descentralizado (Provias), con un presupuesto total de S/ 29 481 634 90, para
ejecutarse por administración indirecta, siendo ganador de la buena pro el
Consorcio Survial Huanta, el Gobierno Regional de Ayacucho (GRA) firmó el contrato
el 26 de diciembre de 2023 para ejecutarse en un plazo de 360 días por un monto
de S/ 26 533 471 41.
Por otro lado, según la Ley de
Presupuesto del Sector Público, cuando el valor referencial de la obra sea
igual o mayor a S/ 4 300 000 00, la entidad está obligada a contratar la
supervisión, para lo cual, se aprobó los costos del componente de supervisión
por un monto de S/ 2 652 528 26, iniciándose la inscripción de postores el
12/12/2023. Sin embargo, a la fecha no se cuenta con un supervisor a falta de
otorgamiento de la buena pro, mientras se realice este procedimiento de
selección, la entidad, designó mediante memorando del 29 de enero de 2024 como inspector
de obra al Ing. Carlos Herminio Herencia Gallegos, posteriormente se dió inicio
la ejecución el 06/02/2024. El inspector de obra designado asume con
responsabilidad la intervención en la obra, con especial control dentro del
manejo técnico y del sistema presupuestal; velar directa y permanentemente por
la correcta ejecución técnica, económica y administrativa, entre otros. Sin
embargo, de la inspección física se advirtió la ausencia del citado
colaborador.
Por otra parte, sobre el tema de los
equipos ofertados, se conoce que en las bases integradas de la licitación
pública N°006-2023-GRA-SEDE CENTRAL (primera convocatoria), se exigió al
contratista ganador mediante carta de compromiso acreditar al personal especialista
y el equipamiento requerido. No obstante, el equipamiento mecánico mínimo no
fue puesto en operación en su totalidad durante la ejecución de la obra, se
advirtió que el contratista viene incumpliendo con la cantidad mínima de los
equipos requeridos. Además, no se encontraron en obra: el camión baranda 2
toneladas, los dos cargadores sobre llantas y los 04 camiones volquete de 15 m3
solo halló una unidad; y los demás equipos como: compactador vibratorio tipo
plancha, chancadoras primarias/secundaria, faja transportadora y rodillo
neumático autopropulsado, estarían en proceso de movilización a obra. También
se demostró que el contratista ha movilizado a obra equipos adicionales, como,
una camioneta blanca Toyota placa ERB-591 que no estaría registrado en el
sistema de consulta vehicular de la Superintendencia Nacional de los Registros
Públicos (Sunarp), se desconocería al propietario y al parecer estaría fuera de
circulación, siendo este un riesgo de accidentes para los usuarios.
Además, se ha podido verificar sobre las
vigencias de los seguros de salud y licencias de conducir de algunos operadores
de maquinaria pesada como Jhoel L. Gutiérrez Ochante, a cargo una
motoniveladora CAT 140GC con licencia de conducir A1 vigente; Emerson Quispe
Vásquez y Alex R. Huillcayaure Oré conductores de rodillos CAT ambos sin
información de licencia de conducir; Ismael Gómez Purisaca, a cargo de una motoniveladora
CAT 140K con licencia de conducir AIIIb vencida; Edgar Tincopa Cunto, a cargo de
una excavadora /oruga Hyundai HX 300SL con licencia de conducir A1 vigente,
todos ellos cuentan con su Seguro Integral de Salud (SIS) vigente. Sobre el
particular, de acuerdo al Ministerio de Transportes y Comunicaciones se conoce
que, para manejar un vehículo de maquinaria pesada es indispensable contar con
un brevete AIIIb.
La autoridad regional recomendó a la
Gerencia Regional de Infraestructura y Sub Gerencia de Supervisión y
Liquidaciones, para que, en su condición de responsables de las acciones
técnico, administrativas y financieras del GRA, controlen la permanencia en
obra del inspector de obra y evalúen y que se haga cumplir la oferta de la
totalidad del equipamiento mínimo en obra, además, las licencias de conducir de
los operadores de maquinaria pesada en lo posible deben ser AIIIb.
#ConsejoRegionalDeAyacucho
#TrabajandoPorLaRegión
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