EVIDENCIAN SITUACIONES ADVERSAS EN EL DESARROLLO DE LA OBRA DE TRANSITABILIDAD SAN MIGUEL – YANASRACCAY HASTA ERAPAMPA – CENTRO UNIÓN EN LA PROVINCIA DE HUANTA

#FunciónFiscalizadora

El Pleno del Consejo Regional aprobó por unanimidad el Informe de Fiscalización selectiva a la obra “Mejoramiento del servicio de transitabilidad del camino vecinal tramo San Miguel – Yanasraccay y tramo Erapampa – Centro Unión, provincia de Huanta”, ejercicio fiscalizador realizado por el consejero regional Julio Ernesto Valdez Cárdenas, en el que se evaluó y determinó el grado de cumplimiento de los objetivos y metas del proyecto con relación al avance físico y financiero. 

El expediente técnico de actualización presupuestal, fue aprobado por Resolución Gerencial N° 022-2023-MTC/21.GE el 16/05/2023, a cargo del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Descentralizado (Provias), con un presupuesto total de S/ 29 481 634 90, para ejecutarse por administración indirecta, siendo ganador de la buena pro el Consorcio Survial Huanta, el Gobierno Regional de Ayacucho (GRA) firmó el contrato el 26 de diciembre de 2023 para ejecutarse en un plazo de 360 días por un monto de S/ 26 533 471 41.

Por otro lado, según la Ley de Presupuesto del Sector Público, cuando el valor referencial de la obra sea igual o mayor a S/ 4 300 000 00, la entidad está obligada a contratar la supervisión, para lo cual, se aprobó los costos del componente de supervisión por un monto de S/ 2 652 528 26, iniciándose la inscripción de postores el 12/12/2023. Sin embargo, a la fecha no se cuenta con un supervisor a falta de otorgamiento de la buena pro, mientras se realice este procedimiento de selección, la entidad, designó mediante memorando del 29 de enero de 2024 como inspector de obra al Ing. Carlos Herminio Herencia Gallegos, posteriormente se dió inicio la ejecución el 06/02/2024. El inspector de obra designado asume con responsabilidad la intervención en la obra, con especial control dentro del manejo técnico y del sistema presupuestal; velar directa y permanentemente por la correcta ejecución técnica, económica y administrativa, entre otros. Sin embargo, de la inspección física se advirtió la ausencia del citado colaborador.

Por otra parte, sobre el tema de los equipos ofertados, se conoce que en las bases integradas de la licitación pública N°006-2023-GRA-SEDE CENTRAL (primera convocatoria), se exigió al contratista ganador mediante carta de compromiso acreditar al personal especialista y el equipamiento requerido. No obstante, el equipamiento mecánico mínimo no fue puesto en operación en su totalidad durante la ejecución de la obra, se advirtió que el contratista viene incumpliendo con la cantidad mínima de los equipos requeridos. Además, no se encontraron en obra: el camión baranda 2 toneladas, los dos cargadores sobre llantas y los 04 camiones volquete de 15 m3 solo halló una unidad; y los demás equipos como: compactador vibratorio tipo plancha, chancadoras primarias/secundaria, faja transportadora y rodillo neumático autopropulsado, estarían en proceso de movilización a obra. También se demostró que el contratista ha movilizado a obra equipos adicionales, como, una camioneta blanca Toyota placa ERB-591 que no estaría registrado en el sistema de consulta vehicular de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp), se desconocería al propietario y al parecer estaría fuera de circulación, siendo este un riesgo de accidentes para los usuarios.

Además, se ha podido verificar sobre las vigencias de los seguros de salud y licencias de conducir de algunos operadores de maquinaria pesada como Jhoel L. Gutiérrez Ochante, a cargo una motoniveladora CAT 140GC con licencia de conducir A1 vigente; Emerson Quispe Vásquez y Alex R. Huillcayaure Oré conductores de rodillos CAT ambos sin información de licencia de conducir; Ismael Gómez Purisaca, a cargo de una motoniveladora CAT 140K con licencia de conducir AIIIb vencida; Edgar Tincopa Cunto, a cargo de una excavadora /oruga Hyundai HX 300SL con licencia de conducir A1 vigente, todos ellos cuentan con su Seguro Integral de Salud (SIS) vigente. Sobre el particular, de acuerdo al Ministerio de Transportes y Comunicaciones se conoce que, para manejar un vehículo de maquinaria pesada es indispensable contar con un brevete AIIIb.

La autoridad regional recomendó a la Gerencia Regional de Infraestructura y Sub Gerencia de Supervisión y Liquidaciones, para que, en su condición de responsables de las acciones técnico, administrativas y financieras del GRA, controlen la permanencia en obra del inspector de obra y evalúen y que se haga cumplir la oferta de la totalidad del equipamiento mínimo en obra, además, las licencias de conducir de los operadores de maquinaria pesada en lo posible deben ser AIIIb.

#ConsejoRegionalDeAyacucho

#TrabajandoPorLaRegión 

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