ADVIERTEN DEFICIENCIAS EN LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO DE REGULACIÓN HÍDRICA DE RAZUHUILLCA - HUANTA, EN LOS PERIODOS 2022 Y 2023

La Fiscalización se llevó a cabo a través de la Comisión Permanente de Recursos Naturales y Gestión del Ambiente del 2023, del Consejo Regional de Ayacucho integrado por los consejeros regionales: Leoncio Reyes Benites (presidente), Maritza Cayampi Espillco (secretaria), Cristhian Ronald Sosa Ayala (Vocal), socializado y advertido las irregularidades fue aprobado por unanimidad del Pleno del Consejo Regional de Ayacucho.
El trabajo de Control Político, se efectuó selectivamente a la adquisición de bienes y contratación de servicios por montos iguales o inferiores a ocho Unidades Impositivas Tributarias (UIT), a cargo de la oficina de Abastecimiento, y de las acciones realizadas por la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente del Gobierno Regional de Ayacucho, entre los periodos 2022 y 2023, en el marco de la ejecución del proyecto: “Recuperación de los Servicios Ecosistémicos y Regulación Hídrica de la Microcuenca Razuhuillca, Distrito de Huanta, Provincia de Huanta".
La oficina de Abastecimiento y Patrimonio Fiscal, para los servicios de consultoría: “Elaboración del estudio de climatología e hidrología y generación de temáticos en la Microcuenca de Razuhuillca”, y la “Capacitación y certificación en manejo de vehículo no tripulado – dron”, no habría advertido durante las actuaciones preparatorias; específicamente en la indagación de mercado que, uno de los potenciales proveedores no pertenecía al rubro objeto de contratación; es decir, realizaban actividades económicas que no guardan similitud con el perfil y/o requisitos establecidos en los términos de referencia, inobservando la Directiva General N° 001-2020-GRA/GG-ORADM-OAP de Contratación de Bienes y Servicios, el cual podría afectar el principio de transparencia y competencia.
Durante la revisión a los documentos, en algunas cotizaciones y la información que sustenta el cumplimiento del plazo de entrega de los proveedores, se observó que el Gobierno Regional de Ayacucho permitió el uso de firmas escaneadas en reemplazo de la manuscrita o digital, siendo esta una representación gráfica que no cumple con los estándares de seguridad establecidos que garantice la integridad de su contenido, contraviniendo la Ley N° 27269 que regula la utilización de la firma electrónica y la Ley N° 30225 de Contrataciones del Estado. Observándose que fueron presentados, recepcionados y tramitados por la Gerencia de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, conllevando a que se validen acciones administrativas sin contar con el debido valor legal.
En el servicio de consultoría para un especialista en implementación de mecanismos de retribución por servicios ecosistémicos – Merece, esta contó con la denominación y finalidades similares en los términos de referencia; por lo que, correspondió haber sido agrupada en un solo proceso de contratación, observándose que el área usuaria y el órgano encargado de las contrataciones, solicitó y contrató el referido servicio mediante la generación de tres órdenes de servicio por montos inferiores a dos UITs; a fin de, no realizar el procedimiento de cotización (2 propuestas); por lo que, se deduce un presunto direccionamiento, hecho que imposibilitó a la entidad pueda contratar servicios con pluralidad de opciones de calidad y precios, y optar por la propuesta más conveniente.

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