CREAN Y CONFORMAN EL COMITÉ CONSULTIVO REGIONAL DE TURISMO DE LA REGIÓN AYACUCHO.

#FunciónLegislativa

Con la finalidad de lograr el desarrollo sostenible del turismo en la región, la máxima instancia deliberativa, Consejo Regional de Ayacucho, del Gobierno Regional aprobó por unanimidad el proyecto de Ordenanza Regional que Crea y Conforma el Comité Consultivo Regional de Turismo de la Región Ayacucho. El dictamen fue presentado por la Comisión de Comercio, Producción y Turismo presidido por Wilber Huashuayo Hinostroza e integrado por Oscar Ore Curo y Javier Berrocal Crisóstomo.

 Cabe precisar, que el Comité Consultivo Regional de Turismo – Ayacucho, es la encargada de formular recomendaciones sobre lineamientos de políticas relacionadas con la actividad turística regional; establecer canales de comunicación entre el sector público y privado para lograr una visión conjunta sobre la actividad turística; emitir opinión sobre los planes, programas, proyectos e inversiones regionales y proponer acciones de facilitación y de protección turística.

Según el Inventario Nacional de Recursos Turísticos, a nivel de la región Ayacucho, existen 147 recursos turísticos publicados en el portal web del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo. Sin embargo, existen muchos otros recursos que no figuran en el inventario nacional, a pesar de contar con características únicas y diferenciales que generan interés turístico, que conlleva a contar con flujo frecuente de visitas locales, nacionales y extranjeros. En ese sentido, es importante el fortalecimiento institucional, como un espacio de concertación público privado que establezca la identificación de aportes o necesidades referidas al sector turismo, a través de la participación de los actores públicos, privados, sector académico, sociedad civil y otros vinculados con la actividad turística regional.

 A continuación, se detalla la parte resolutiva de la Ley Regional

Articulo Primero. – Aprobar, la Creación del Comité Consultivo Regional de Turismo de la Región Ayacucho.

 

Articulo Segundo. – Conformar, el Comité Consultivo Regional de Turismo de la Región Ayacucho”, integrado por las instituciones siguientes:

 

·           Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo del Gobierno Regional de Ayacucho, quien asumirá la Secretaría Técnica.

·           Dirección de Coordinación de las Oficinas Regionales de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – Promperú.

·           Un (01) representante de la Cámara Regional de Turismo de Ayacucho.

·           Un (01) representante de las universidades e instituciones educativas vinculadas al sector turismo.

·           Un (01) representante del Colegio de Licenciados en Turismo de Ayacucho.

·           Un (1) representante de las Asociaciones de Guías de Turismo de Ayacucho.

·           Comisaría de Turismo de Ayacucho de la Policía Nacional del Perú.

·           Un (1) representante del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual, Indecopi – Ayacucho.

·           Dirección Desconcentrada de Cultura Ayacucho.

·           Un (1) representante del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado, Sernanp – Ayacucho.

·           Municipalidad Provincial de Huamanga

·           Municipalidad Provincial de Huanta

·           Municipalidad Provincial de Víctor Fajardo

·           Municipalidad Provincial de Vilcashuamán

·           Municipalidad Provincial de Cangallo

·           Municipalidad Provincial de Huancasancos

·           Municipalidad Provincial de La Mar

·           Municipalidad Provincial de Lucanas

·           Municipalidad Provincial de Paucar del Sara Sara

·           Municipalidad Provincial de Sucre

·           Municipalidad Provincial de Parinacochas

·           Un (1) representante de Asociaciones de Empresarios de Transporte Turístico de Ayacucho.

·           Un (1) representante de la Asociación de Artesanos de Ayacucho.

·           Un (1) representante del Consejo Regional de Gastronomía y Turismo de Ayacucho.

·           Un (1) representante de Asociaciones de Agencias de Viajes de Ayacucho.

 

Articulo Tercero.- Encargar, a la Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo de Ayacucho la formulación del Reglamento que permita la implementación, organización,   funcionamiento y sostenibilidad del Comité Regional de Turismo de Ayacucho; en un plazo de 60 días calendarios.

 

Artículo Cuarto.- Encargar, a la Gerencia Regional de Desarrollo Económico del Gobierno Regional de Ayacucho, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el diario oficial “El Peruano” y en el portal electrónico del Gobierno Regional de Ayacucho, conforme dispone el artículo 42° de la Ley N° 27867.


#ComisiónDeComercioProducciónYTurismo

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#JavierBerrocalCrisóstomo-Vocal

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