El Órgano Colegiado Legislativo aprobó por unanimidad el proyecto de Ordenanza Regional que Constituye el Consejo Consultivo Regional de Comunidades Nativas Asháninkas y Matsiguengas de la Región Ayacucho, contribuyendo a la visibilización y articulación de las comunidades nativas y los estamentos del estado regional, generando espacios de diálogo y políticas públicas regionales que tengan como fin la atención de estas poblaciones vulnerables.
Iniciativa legislativa presentada por la Consejera Regional por Huanta,
Cleofé Pineda Gamboa y sustentada ante el Pleno del Consejo Regional por la
Comisión Permanente de Desarrollo Humano e Inclusión Social, presidida por
Ysabel De la Cruz Jorge e integrada por Edgar Olivares Yanqui y Oscar Oré Curo.
La Ordenanza contemplada dentro de las poblaciones Asháninkas aquellas ubicadas
en la provincia de Huanta: Anato y Acompikapashiari (distrito de Llochegua) y
Shankimentiari (distrito de Canayre); y Nativas Matsiguengas, ubicadas en la
provincia de La Mar: Puchitakiriato (distrito de Chungui), Mankuriari (distrito
de Samugari), Camavenia (distrito de
Santa Rosa) y Chontabamba (distrito de
Anco).
Artículo Primero.- Constituir, el Consejo
Consultivo de las Comunidades Nativas Asháninkas y Matsiguengas, que tendrá
como responsabilidad: elaborar, implementar, monitorear y evaluar las políticas
públicas encargadas de atender a las comunidades de: Puchitakirato, Mankuriari,
Camavenia, Chontabamba, Anato, Acompikapashiari, Shankimentiari en el ámbito de
las provincias de La Mar y Huanta de la Región Ayacucho.
Artículo Segundo.- Conformar, el Consejo Consultivo Regional de las Comunidades Nativas Asháninkas y Matsiguengas, bajo el siguiente detal
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Gobernador Regional de Ayacucho quién ejerce la presidencia.
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Gerente/a Regional de Desarrollo Social
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Gerente/a Regional de Desarrollo Económico
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Director/a Regional de Salud
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Director/a Regional de Educación
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Alcaldes/a Provinciales: Huanta y La Mar
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Alcaldes/as Distritales de las siete comunidades nativas
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Defensoría del Pueblo
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Centro Loyola Ayacucho
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Dirección Desconcentrada de Cultura – DDC
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Programas Sociales - MIDIS
Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia Regional de Desarrollo Social la Secretaría Técnica del Consejo Consultivo Regional de las Comunidades Nativas Asháninkas y Matsiguengas de la Región Ayacucho, así como la asistencia técnica, articulación, monitoreo e implementación de la presente Ordenanza Regional, con la elaboración del Reglamento Interno en un plazo de 30 días, el cual será aprobado por Decreto Regional.
Artículo Cuarto.- Encargar
a la Gerencia Regional de Desarrollo Social del Gobierno Regional de Ayacucho,
la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El
Peruano, en el diario encargado de las publicaciones judiciales de la capital
de la Región, y en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Ayacucho,
conforme lo dispone el artículo 42° de la Ley N° 27867 – Ley Orgánica de
Gobiernos Regionales y en el Diario Oficial el Peruano.
#ComisiónDeDesarrolloHumano
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