CRA DECLARA DE PRIORIDAD E INTERÉS EL
ACCESO DEL PADRÓN NOMINAL DE MENORES DE 6 AÑOS EN LA REGIÓN AYACUCHO
En Sesión Ordinaria presencial, el Órgano Legislativo Regional aprobó el
Proyecto de Ordenanza Regional presentado y sustentado por la Comisión
Permanente de Desarrollo Humano e Inclusión Social, presidida por Ysabel De la
Cruz Jorge e integrada por Edgar Raúl Olivares Yanqui y Oscar Oré Curo, que,
declara de Prioridad e Interés Regional el Acceso a la Identidad, Homologación
y Actualización del Padrón Nominal de Niños y Niñas menores de 6 años en la
Región de Ayacucho, para identificar la población infantil, promover el derecho
a la identidad y la sostenibilidad en la homologación y actualización con
responsabilidad de los gobiernos locales.
Según el INEI, el padrón Nominal: “Es la lista nominal de niños y niñas
menores de 6 años de edad registrados en una plataforma electrónica, que se
actualiza permanentemente con información proveniente de las diferentes fuentes
interconectadas al RENIEC, así como por el ingreso de datos por
parte de los gobiernos locales; contiene datos como nombres y apellidos, DNI,
nombres y apellidos del Padre y de la Madre, dirección, pertenencia a programas
sociales, tipo de seguro de salud, entre otros.”.
El Padrón Nominal sirve para determinar metas, servicios y brechas en un
determinado territorio, así que su uso inadecuado o deficiente no refleja en la
realidad los avances o en su defecto no permite desarrollar una correcta cobertura
o determinar las brechas a ser atendidas mediante los servicios que presta el
estado.
A continuación, se detalla la parte resolutiva de esta Ordenanza
Regional:
Artículo Primero. – Declarar de Prioridad e Interés Regional, el acceso a la identidad,
homologación y actualización del Padrón Nominal de niños y niñas menores de 6
años en la Región de Ayacucho, para identificar la población infantil, promover
el derecho a la identidad y la sostenibilidad en la homologación y actualización
con responsabilidad de los gobiernos locales.
Artículo Segundo. – Ratificar el uso obligatorio del registro homologado y actualizado del Padrón
Nominal a nivel distrital de Niños y Niñas menores de 6 años de edad en la
región Ayacucho, como instrumento de gestión, información, planificación y
ejecución en los organismos locales, para la reducción de la anemia y la
desnutrición crónica infantil en el marco del desarrollo infantil temprano.
Artículo Tercero. – Disponer el cumplimiento de la presente Ordenanza Regional a cargo de la
Gerencia Regional de Desarrollo Social, Gerencia Regional de Desarrollo
Económico, Dirección Regional de Salud – DIRESA y Gobiernos Locales para que
lideren y convoquen el trabajo articulado con los actores involucrados: RENIEC,
SISFOH, ESSALUD, Establecimiento de Salud, Programas Sociales –MIDIS,
Instituciones Educativas y otros actores.
Artículo Cuarto. – Encargar a la Gerencia Regional de Desarrollo Social y la Dirección Regional de
Salud de Ayacucho – DIRESA, la elaboración del reglamento de la presente
Ordenanza Regional, y su aprobación mediante Decreto Regional.
Artículo Quinto. – Encargar a la Gerencia Regional de Desarrollo Social la publicación de la
presente Ordenanza Regional; así como su difusión a todas las instituciones
públicas y privadas de la Región Ayacucho.
#ConsejoRegionalAyacucho
#ComisiónDeDesarrolloHumano
Comentarios
Publicar un comentario