CRA APRUEBA RATIFICAR Y RECONFORMAR EL
CONSEJO REGIONAL DE LAS PERSONAS ADULTAS MAYORES (COREPAM)
Durante la última Sesión Ordinaria, el Pleno del Consejo Regional aprobó
por unanimidad el Proyecto de Ordenanza Regional que Ratifica y Reconforma el
Consejo Regional de las Personas Adultas Mayores – COREPAM, el cual fue
expuesto y sustentado por la Comisión de Desarrollo Humano e Inclusión Social,
presidida por Ysabel De la Cruz Jorge e integrada por Edgar Olivares Yanqui y
Oscar Oré Curo.
Artículo Segundo. – ACTUALIZAR, la Creación
del Consejo Regional de las Personas Adultas Mayores – COREPAM, como un espacio
de coordinación, concertación y dialogo con las personas adultas mayores de la
Región Ayacucho en concordancia con el Decreto
Supremo N°024-2021-MIMP.
Artículo Tercero. – RECONFORMAR, el Consejo Regional de las Personas Adultas
Mayores – COREPAM, bajo el siguiente detalle:
- El Gobernador
Regional de Ayacucho (quien la presidirá)
- La Gerencia
Regional de Desarrollo Social (o quien haga sus veces), quien estará encargado
de la secretaria técnica.
- La Gerencia
Regional de Desarrollo Económico
- Las
Municipalidades Provinciales de la Región Ayacucho
- La Dirección
Regional de Salud – DIRESA
- La Dirección
Regional de Educación – DREA
- La Dirección
Regional de Comercio Exterior y Turismo – DIRCETUR
- La Dirección
Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento
- La Dirección
Regional de Transportes y Comunicaciones
- La Dirección
Regional de Trabajo y Promoción del Empleo
- La Dirección
Regional de Agricultura.
- Representante
acreditado/a de ESSALUD
- Representante
acreditado/a del Instituto Peruano del Deporte - IPD
- Representante
acreditado/a de la Policía Nacional del Perú
- Representante
de las Organizaciones de Personas Adultas Mayores de la Región Ayacucho
registradas en el MIMP.
- Presidente del
Consejo Regional de Ayacucho.
- Representante
del Poder Judicial
- Representante
del Ministerio de Justicia
- Representante
del Centro Emergencia Mujer
- Representante
de Pensión 65
- Representante
de la Defensoría del Pueblo
Artículo Cuarto. – ENCARGAR, a la Gerencia
Regional de Desarrollo Social, la implementación y monitoreo, a fin de dar
cumplimiento a la Presente Ordenanza Regional.
Artículo Quinto. – ENCARGAR, a la Gerencia
Regional de Desarrollo Social, la elaboración del Reglamento Interno, Plan de
Trabajo y demás documentos de gestión, dentro de un plazo de 90 días hábiles,
los mismos que serán aprobados mediante Decreto Regional, debiendo dar cuenta
de ello al Consejo Regional de Ayacucho.
Artículo Sexto. – ESTABLECER, que la Gerencia Regional de Desarrollo
Social, actuará como Secretaría Técnica, del Consejo
Regional para las Personas Adultas Mayores – COREPAM.
Artículo Séptimo. – ENCARGAR, a la Gerencia Regional de
Desarrollo Social la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario
Oficial el “Peruano” y en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de
Ayacucho.
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