ADVIERTEN ENCARGATURA  INDEBIDA DE LA DIRECCIÓN DEL PRIDER

#FunciónFiscalizadora | El pleno del Consejo Regional de Ayacucho aprobó por unanimidad el informe de fiscalización practicada al Programa Regional de Irrigación y Desarrollo Rural Integrado (Prider) del Gobierno Regional de Ayacucho, a la encargatura del cargo de director general durante el mes de septiembre 2022. Trabajo realizado por el consejero Dante A. Medina Gutiérrez.  

Mediante memorando N° 369-2022-GRA-GG/PRIDER-DG, el director general del Prider, José Noé Cruz Díaz, para efectos de su ausencia en comisión de servicio del 07 y 08 setiembre 2022, realizó el encargo de manera ilegal a Deborah Pamela Cornejo Melgar, quien no tuvo vínculo laboral con la entidad durante setiembre 2022, conforme se ha verificado durante la fiscalización.

El Manual de Organización y Funciones (MOF) del Prider, es un instrumento de gestión institucional que tiene como fin describir la estructura, funciones generales y específicas de los órganos estructurados y de los cargos, por lo que para efectos de encargatura existe el cuadro orgánico de cargos de acuerdo al orden de prelación jerárquico de la estructura funcional; y no el libre entender de los propios intereses del director.

Durante la constatación y acopio de información, se advierte un acuerdo de confianza personal entre el director general del Prider, Noé Cruz y Deborah Cornejo  para materializar la encargatura ilegal; el primero por haberlo concedido y la segunda por haberla ejercido. Hecho que afecta la institucionalidad del Prider. Asimismo, Cornejo Melgar permaneció de manera ilegal en el  despacho del director general; sin haber entregado los bienes y los documentos al vencimiento de la contrata a plazo determinado del 31 agosto del 2022; bajo anuencia del director. Por otro lado, se evidenció que se pretende conceder beneficios a favor de Cornejo Melgar con una eventual regularización de contrato laboral; motivo por el cual se le permite la permanencia en la institución con vías de hecho.

Los hechos antes descritos afectan la estructura de la cadena de mando institucional del Prider, generando una anarquía por el encargo ilegal a personal que no tiene vínculo laboral, lo que conllevaría a presunta comisión de delitos en aplicación del Código Penal: Usurpación de funciones; nombramiento y aceptación indebida de cargo –Art. 381 C.P.-, abandono de cargo –Art. 380-, abuso de autoridad –Art. 376-, Colusión –Art. 384- Negociación Incompatible o aprovechamiento del cargo – Art. 399-. De igual manera, se advierte la comisión de faltas administrativas de parte del director general.

El consejero por Huamanga, Dante Alex Medina Gutiérrez, recomendó al gerente general, inicie las acciones correctivas para recuperar el orden de la cadena de mando y evitar la anarquía en dicha entidad. Asimismo, se encargó remitir el informe al  Órgano de Control Institucional del Prider y a la Procuraduría del Gobierno Regional de Ayacucho para que accionen conforme a sus funciones y competencias.

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