OBRA VIAL MOLLEPATA–PONGORA LLEVA CASI 4 AÑOS EN EJECUCIÓN Y AÚN NO CONCLUYE

A causa de las suspensiones que sufrió la obra de mejoramiento y ampliación del servicio de transitabilidad tramo: Mollepata-Pongora, distritos de Ayacucho y Jesús Nazareno, provincia de Huamanga, la Comisión de Infraestructura y Proyectos de Inversión Pública, integrada por los consejeros Cristian Palomino, Yulisa Paytan y Teófilo Cuba, decidió llevar a cabo una visita de supervisión para verificar las condiciones actuales de la obra.

Una de las paralizaciones, derivada de deficiencias en el expediente técnico, comprendió desde el 1 de junio de 2024 al 6 de abril de 2025 y originó deterioros en la plataforma estructural debido a las precipitaciones registradas en ese periodo. Esta situación implicaría mayores costos y pérdida de materiales.

La obra cuenta a la fecha con 6 adicionales, de los cuales el último se encuentra en proceso de aprobación. Además, se le aprobaron 8 ampliaciones de plazo, la última por un plazo de 60 días, del 23 de mayo al 22 julio de 2025.

Respecto al mes de mayo, la obra presenta atraso: se programó un avance de 0.31 % y solo se ejecutó 0.22 %. Ahora veremos los 6 adicionales: el expediente inicial se estructuró con un presupuesto de 36 215 455.66 soles, debido a la actualización de costos se elevó a 38 594 414.10 soles.

En el primer adicional se aprobó 2 501 112.92 soles, en el segundo adicional se autorizó 251 655.60 soles, en el tercer adicional se dispuso 46 807.63 soles, en el cuarto adicional se aprobó 793 243.04 soles, en el quinto adicional se asignó 70 804.64 soles.

En cuanto al retraso en el cronograma de ejecución, el plazo original era de 300 días, sin embargo, se ha extendido a 1147 días (casi 4 años), lo cual representa un incremento del 282 % en el tiempo de ejecución.

También, en la fiscalización se cercioró que la Autoridad Nacional del Agua impuso al Gobierno Regional de Ayacucho una multa equivalente a 3.1 Unidades Impositivas Tributaria (UIT) que asciende a 15 450 soles por infracción grave, tipificada en el numeral 6 del artículo 120 de la Ley de Recursos Hídricos N.° 29338. Lo cual derivó en el incumplimiento de obligaciones técnicas en el uso, ocupación o intervención de cuerpos de agua sin contar con las autorizaciones respectivas.

Finalmente, en el informe se advierte un posible perjuicio económico debido a que se halló 28 490 galones de asfalto líquido Cut-Back Grado MC-30 que podrían quedar inservibles si no se utilizan dentro del plazo de vigencia técnica. De igual forma, se constató la existencia de 23 baldes de aditivo curador de concreto con fecha de vencimiento ya expirada.

A través de este informe, la Comisión de Infraestructura enumera algunas recomendaciones que exhortan a los órganos responsables del Gobierno Regional de Ayacucho a corregir las deficiencias técnicas detectadas, ejecutar de manera eficiente los recursos públicos, garantizar el cumplimiento de los plazos contractuales.

 

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